¡Por un tratamiento médico justo!
Lo que tiene que saber sobre sus derechos de asistencia médica...
Cuando tienes un accidente de tráfico y tu no has sido el culpable del mismo, tienes derecho a recibir asitencia sanitaria hasta tu curación, no estas obligado a ir al centro de rehabilitación que la compañía te indique sino que tienes derecho a ir al centro que tu elijas, otra cosa es que igual tienes que pagar la factura de la clínica u hospital y reclamar posteriormente al seguro o acudir a unos de los hospitales concertados a los que puedes acudir y no deben de cobrarte sino pasar la factura a la aseguradora responsable. Existe un Convenio suscrito entre Las Aseguradoras (Unespa) y un número de Hospitales privados y públicos de España por el cual estos centros médicos se obligan a hacerse cargo de la asistencia sanitaria de las víctimas de accidentes y las aseguradoras se hacen cargo de pagarlas.
Como ejemplo les relatamos el caso de Javier y su esposa Ana, lo cuales recibieron un impacto fuerte por detrás yendo de camino al cine. Los dos sufrieron un fuerte esguince cervical por el que tuvieron que pasar por una dura rehabilitación y por el que estuvimos meses con dolores. La aseguradora en cuestión valoró las lesiones en 1.300 y 1.200 € respectivamente. Fué entonces cuando contrataron los servicios de Indemnización Directa y presentaron la denuncia pertinente en los juzgados. El forense valoró de forma muy diferente nuestras lesiones y acabamos cobrando 5.045 y 4.798 € respectivamente. Además, el seguro acabó pagando en concepto de defensa jurídica contemplado en nuestra póliza, con lo cuál la reclamación les salió gratis.Materiales
- Si es propietario del vehículo tiene derecho a exigir la reparciíon de los daños ocasionados, el importe de la reparación se determina realizando una peritación del vehículo.
- Si no va a reparar su coche o el valor de la reparación es superior al valor de venta del mismo al momento del accidente, tiene derecho a que se le indemnicen los perjuicios causados por el importe de este valor de venta.
- Además de los gastos de reparación del vehículo, también es posible reclamar otros daños materiales siempre que se deriven directamente del accidente de circulación por ejemplo, la pérdida o los daños sufridos por los objetos transportados, la rotura de unas gafas o de la ropa
- Puede solicitar el abono de los gastos realizados a consecuencia del accidente, por ejemplo, los desplazamientos, el alquiler de otro vehículo mientras dura la reparación.
Creo que me he hecho daño
¿Qué hacer si he sufrido lesiones tras el accidente de tráfico?
Si alguna de las partes ha resultado lesionada, deberá asistir a algún servicio de urgencia el mismo día o en días posteriores, ya que hay patologías que a veces se manifiestan más tarde, como por ejemplo los latigazos cervicales. Pero es recomendable acudir a un servicio de urgencia con inmediatez para evitar el agravamiento de lesiones que no resulten aparentes a simple vista. Ninguna Compañía se hará cargo de lesiones agravadas o generadas por culpa del lesionado.
He sufrido un accidente y he recibido asistencia médica
¿Es concluyente el parte de urgencias?
Lo es. Aunque pudiera haber errores médicos en la concreción de las lesiones, pues a veces dichas lesiones se pueden manifestar después de dicha asistencia. Sin embargo, es un documento clave para la demostración del nexo causal del accidente. Por ello es muy importante revisarlo para hacer los comentarios que resulten oportunos al Facultativo que nos atendió.
¡Muy importante!
Parte amistoso
Cuando se ha hablado del responsable del accidente ha de tenerse en cuenta que la responsabilidad no es algo sencillo de determinar. Si el causante del accidente lo reconoce claramente en el Parte Amistoso o en el Atestado, será más fácil demostrar su culpa, por su propia confesión. Pero en caso de que haya de llegarse a juicio, la responsabilidad y su alcance será determinada en la Sentencia que recaiga.